Puedes hacerlo con la residencia por cuenta propia, que se pide en el consulado, o como nómada digital si tus clientes están fuera de España.
Vías que conviene valorar
La cuenta propia exige una inversión suficiente, cualificación o experiencia, las licencias de la actividad y un informe de valoración de una organización autorizada (ATA, UPTA, CIAE, OPA o UATAE). La autorización inicial dura un año y se limita a una comunidad autónoma y a un sector. Para proyectos innovadores existe además la residencia de emprendedor. Residencia y trabajo por cuenta propia
El punto que no debes pasar por alto
Antes de invertir, confirma con una organización de autónomos que tu proyecto puede obtener el informe de valoración favorable.
Documentos para empezar
- Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
- Oferta y contrato, descripción del puesto o plan de negocio.
- Documentación de la empresa, cualificaciones y previsión de recursos.
- Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo conviene empezar?
Antes de comprar billetes o de que venza tu autorización. Si has recibido una notificación, facilita también la fecha de recepción: puede determinar el plazo de respuesta.