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- Carta de invitaciónLa carta de invitación la pide quien vive en España para alojar a un visitante. Te ayudamos a tramitarla en la comisaría y a acreditar el alojamiento sin errores.
- Visado Schengen para EspañaVisado de corta estancia para viajar a España hasta 90 días por turismo, familia o negocios. Preparamos un expediente completo, con pruebas del viaje, los medios y el regreso.
- Modificación de estudios a cuenta propiaSi al acabar los estudios quieres abrir tu propio negocio en España, puedes pasar a cuenta propia con inversión suficiente y el informe de una organización de autónomos.
- Modificación de estudios a trabajoCon estudios superiores en España puedes pasar a residencia y trabajo con un contrato, sin salir del país. Ya no hace falta haber estudiado tres años.
- Prórroga de estancia por estudiosPara seguir estudiando en España necesitas la nueva matrícula y mantener medios y seguro. La prórroga se pide entre dos meses antes y tres después del vencimiento.
- Residencia para búsqueda de empleoTras un grado o máster en España tienes hasta 24 meses para buscar trabajo o emprender. Hay que pedirlo antes de que caduque la estancia por estudios.
- Residencia para prácticasResidencia para hacer prácticas en una empresa o entidad española con convenio o contrato. Comprobamos que la entidad, la duración y tu titulación encajan.
- Visado y estancia por estudiosEstancia por estudios para cursos presenciales en España: universidad, máster o FP. Los estudiantes de enseñanza superior pueden trabajar hasta 30 horas semanales.
- Familiares de nómada digitalTu pareja, hijos y padres a cargo pueden vivir y trabajar contigo en España si eres nómada digital. Calculamos los ingresos extra exigidos por cada familiar.
- Renovación de residencia de nómada digitalLa residencia de nómada digital se renueva por dos años si mantienes el trabajo remoto, los ingresos y la Seguridad Social. Revisamos cambios de cliente o empleador.
- Residencia de nómada digitalVisado y residencia para teletrabajar desde España para empresas o clientes extranjeros. Se exigen ingresos de al menos el 200 % del SMI y la UGE resuelve en 20 días hábiles.
- Profesional altamente cualificadoVía rápida para directivos y perfiles técnicos contratados por una empresa en España: la tramita la UGE en 20 días hábiles con silencio positivo.
- Residencia para emprendedoresResidencia de la Ley de Startups para proyectos innovadores con informe favorable de ENISA. No es lo mismo que la cuenta propia para un negocio convencional.
- Residencia y trabajo por cuenta ajenaPermiso de trabajo para un empleo con una empresa española. Lo solicita el empleador y el puesto, el contrato y el salario deben cumplir requisitos que revisamos antes.
- Residencia y trabajo por cuenta propiaResidencia para trabajar como autónomo o abrir un negocio en España. Necesitas inversión suficiente, licencias y el informe de una organización de autónomos como ATA o UPTA.
- Tarjeta Azul UELa Tarjeta Azul UE es para empleos cualificados con un salario mínimo anual exigido y facilita trabajar después en otros países de la UE. ¿Te conviene más que otras vías?
- Traslado intraempresarialPara trabajadores que su empresa o grupo envía a una filial o sede en España. Se tramita ante la UGE y exige una relación previa con la empresa.
- Modificación de autorización de residenciaCambiar de estudiante a trabajador, de no lucrativa a cuenta ajena o de arraigo a otro permiso sin salir de España. Elegimos el momento y el permiso de destino.
- Recuperación de residencia de larga duraciónSi perdiste la larga duración por una ausencia prolongada fuera de la UE o de España, existe un procedimiento para recuperarla. Vemos si cumples sus requisitos.
- Renovación de residencia no lucrativaLa no lucrativa se renueva por dos años si has vivido en España más de 183 días al año y mantienes medios y seguro. Te ayudamos a acreditarlo.
- Renovación de residencia y trabajoRenovar a tiempo tu permiso de residencia y trabajo evita sanciones: se pide entre dos meses antes y tres después del vencimiento y se concede por cuatro años.
- Residencia de larga duraciónTras cinco años de residencia legal puedes obtener la larga duración: vivir y trabajar en España sin depender de un empleo o motivo concreto. Contamos tus ausencias antes de pedirla.
- Residencia de larga duración UELarga duración UE: además de cinco años de residencia, pide recursos estables y seguro, y facilita mudarte a otro país de la UE. La comparamos con la nacional.
- Residencia no lucrativaVivir en España sin trabajar, con ahorros o rentas propias: se exige el 400 % del IPREM y un seguro médico privado completo. Tampoco permite teletrabajar.
- Arraigo de segunda oportunidad¿Perdiste tu permiso por no renovarlo a tiempo? Esta vía de arraigo permite recuperarlo si tuviste autorización en los dos últimos años y llevas dos en España.
- Arraigo familiarArraigo familiar sin tiempo mínimo en España para padres o tutores de un menor ciudadano de otro país de la UE, o para quien apoya a un ciudadano de la UE con discapacidad.
- Arraigo socialSi llevas dos años en España sin papeles, el arraigo social puede darte residencia y trabajo sin contrato. Necesitas vínculos familiares o informe de inserción.
- Arraigo socioformativoRegularización para quien lleva dos años en España y se matricula en una formación admitida, como un certificado profesional o el bachillerato. Permite trabajar hasta 30 horas semanales.
- Arraigo sociolaboralArraigo con contrato de trabajo tras dos años en España: uno o varios contratos de al menos 20 horas semanales y salario conforme al SMI o al convenio.
- Matrimonio con persona extranjeraCasarse en España con una persona extranjera o inscribir un matrimonio celebrado fuera: certificados, apostillas y expediente en el Registro Civil.
- Pareja de hecho en CataluñaCómo acreditar en Cataluña una pareja estable para extranjería: convivencia, hijo común o escritura pública, y cuándo conviene inscribirla en el registro.
- Reagrupación familiarTrae a tu cónyuge o hijos a España, y a tus padres si eres residente de larga duración. Necesitas un año de residencia, medios del 150 % del IPREM y vivienda adecuada.
- Registro de ciudadanos de la UECertificado de registro de ciudadano de la UE para vivir más de tres meses en España como trabajador, estudiante o con recursos propios. Te decimos qué acreditar.
- Residencia de familiares de españolesDesde 2025, el cónyuge, la pareja, los hijos y los padres a cargo de una persona española tienen un permiso propio de cinco años que permite trabajar.
- Residencia para menores extranjerosPapeles para hijos extranjeros en España: residencia del bebé nacido aquí o regularización del menor que vive con sus padres y está escolarizado.
- Tarjeta de familiar de ciudadano de la UETarjeta de residencia de cinco años para el cónyuge, la pareja, los hijos o los padres de un ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza que vive en España.
- Nacionalidad española para menoresTu hijo puede ser español por nacimiento, por opción o con solo un año de residencia si nació en España. Los menores no hacen DELE ni CCSE.
- Nacionalidad española por opciónSi estuviste bajo la patria potestad de un español, puedes optar a la nacionalidad sin años de residencia. El derecho caduca a los 20 años de edad, como regla.
- Nacionalidad española por residenciaPasaporte español tras 10 años de residencia legal, o solo 2 si eres iberoamericano. Preparamos la solicitud, el DELE y el CCSE y vigilamos el plazo de un año.
- Asilo y protección internacionalLa solicitud de asilo se formaliza en persona y cuanto antes tras llegar a España. Preparamos el relato y las pruebas conforme a las normas de la UE vigentes desde 2026.
- Protección temporal para desplazados de UcraniaLa protección temporal para personas desplazadas de Ucrania está prorrogada hasta el 4 de marzo de 2028 y permite residir y trabajar en España.
- Residencia por razones humanitariasResidencia por razones humanitarias para víctimas de ciertos delitos, personas con una enfermedad grave sobrevenida en España o quien correría peligro al volver a su país.
- Acceso y rectificación de datos SISUna alerta en el Sistema de Información Schengen puede bloquear visados y entradas. Pedimos acceso a tus datos y su rectificación o supresión.
- Defensa ante expulsión y prohibición de entradaSi te han abierto un expediente de expulsión, en el procedimiento preferente solo hay 48 horas para alegar. Defendemos tu caso y la prohibición de entrada.
- Recursos de extranjeríaContra una denegación de extranjería tienes un mes para el recurso de reposición o dos para el contencioso. Valoramos si recurrir o presentar de nuevo.
- Recursos de nacionalidad española¿Te denegaron la nacionalidad o pasó más de un año sin respuesta? Puedes recurrir: reposición en un mes o contencioso ante la Audiencia Nacional en dos.
- Respuesta a requerimientos de extranjeríaTe piden documentos y tienes, como regla, diez días hábiles para responder. Contestamos punto por punto para evitar que el expediente se archive o se deniegue.
- Revisión de expediente de extranjería¿Tu expediente lleva meses sin moverse o no entiendes una notificación? Revisamos el expediente completo y te decimos en qué fase está y qué conviene hacer.
- Autorización de regresoSi tu TIE está en renovación o la perdiste, la autorización de regreso te permite salir de España y volver sin problemas en frontera.
- Revisión de documentos, apostillas y traduccionesAntes de presentar, revisamos apostillas, legalizaciones y traducciones juradas de tus certificados para que ninguna oficina los rechace.
- Trámites de NIE y TIEEl NIE es tu número de extranjero y la TIE, la tarjeta física de tu permiso. Te explicamos cuál necesitas, cómo conseguir cita y el plazo de un mes para pedir la TIE.