Qué revisamos en tu caso
Se presenta en los dos meses anteriores o en los tres posteriores al vencimiento. Hay que haber residido en España de forma real y efectiva más de 183 días por año natural y seguir acreditando medios del 400 % del IPREM para el titular y del 100 % por cada familiar, con un seguro médico que cubra la asistencia en España. La renovación se concede por dos años.
Documentos para empezar
- Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
- Resoluciones anteriores y justificantes de solicitudes o renovaciones.
- Vida laboral, recursos, seguro y relación de ausencias, según la vía.
- Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Qué incluye el acompañamiento
El acompañamiento puede incluir revisión documental, preparación de formularios y escritos, presentación mediante representación y seguimiento de notificaciones. El alcance, los honorarios y los gastos externos se concretan antes de contratar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta y qué incluye?
La consulta y el expediente son servicios distintos. Tras revisar el caso se prepara un presupuesto con las actuaciones incluidas; tasas, traducciones y otros gastos se identifican por separado.
¿Cuándo conviene empezar?
En los dos meses anteriores al vencimiento de tu autorización; como máximo, en los tres meses posteriores, con posible sanción.
