Qué revisamos en tu caso
Requiere cinco años de residencia legal y continuada, o encajar en otros supuestos (pensionistas, nacidos en España que al ser mayores de edad acrediten tres años de residencia, antiguos tutelados, beneficiarios de protección internacional). La continuidad no se rompe por ausencias de hasta seis meses seguidos y diez en total en cinco años, o dieciocho meses si son por trabajo.
Documentos para empezar
- Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
- Resoluciones anteriores y justificantes de solicitudes o renovaciones.
- Vida laboral, recursos, seguro y relación de ausencias, según la vía.
- Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Qué incluye el acompañamiento
El acompañamiento puede incluir revisión documental, preparación de formularios y escritos, presentación mediante representación y seguimiento de notificaciones. El alcance, los honorarios y los gastos externos se concretan antes de contratar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta y qué incluye?
La consulta y el expediente son servicios distintos. Tras revisar el caso se prepara un presupuesto con las actuaciones incluidas; tasas, traducciones y otros gastos se identifican por separado.
¿Cuándo conviene empezar?
Antes de comprar billetes o de que venza tu autorización. Si has recibido una notificación, facilita también la fecha de recepción: puede determinar el plazo de respuesta.
