Qué revisamos en tu caso
Es para quien ha terminado en España estudios superiores de, al menos, nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones (grado o superior) con una estancia por estudios. Dura como máximo 24 meses y no es prorrogable. Se pide en los 60 días naturales anteriores a que caduque la estancia (o en los 90 posteriores, con posible sanción). No autoriza a trabajar: al encontrar empleo o iniciar el negocio hay que obtener la autorización correspondiente.
Documentos para empezar
- Título o certificado que acredite la finalización de los estudios exigidos.
- Autorización de estancia por estudios en vigor o recién vencida.
- Prueba de recursos y de cobertura sanitaria.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Qué incluye el acompañamiento
El acompañamiento puede incluir revisión documental, preparación de formularios y escritos, presentación mediante representación y seguimiento de notificaciones. El alcance, los honorarios y los gastos externos se concretan antes de contratar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta y qué incluye?
La consulta y el expediente son servicios distintos. Tras revisar el caso se prepara un presupuesto con las actuaciones incluidas; tasas, traducciones y otros gastos se identifican por separado.
¿Cuándo conviene empezar?
Antes de comprar billetes o de que venza tu autorización. Si has recibido una notificación, facilita también la fecha de recepción: puede determinar el plazo de respuesta.
