Lady-Juleisy Vera Vera

Asilo y protección internacional

La solicitud de asilo se formaliza en persona y cuanto antes tras llegar a España. Preparamos el relato y las pruebas conforme a las normas de la UE vigentes desde 2026.

Consulta general · 50 € · 45 min

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Qué revisamos en tu caso

La solicitud se formaliza en persona ante la Oficina de Asilo y Refugio, una comisaría habilitada o el puesto fronterizo, y conviene presentarla lo antes posible tras la llegada. Desde el 12 de junio de 2026 se aplican los Reglamentos (UE) 2024/1348 y 2024/1351, y la Ley 12/2009 solo en lo compatible. Si a los seis meses no hay resolución por causa no imputable a ti, puedes trabajar. Mientras la solicitud está en trámite no se puede pedir arraigo, y ese tiempo no cuenta para los dos años de permanencia.

Documentos para empezar

  • Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
  • Relato cronológico de los hechos y documentos de identidad disponibles.
  • Notificaciones previas e informes o pruebas sobre el riesgo o desplazamiento.
  • Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.

Cómo avanzamos

  • Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
  • Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
  • Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
  • Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.

Qué incluye el acompañamiento

El acompañamiento puede incluir la preparación del relato y de los documentos, el asesoramiento y la asistencia durante la tramitación y los recursos. La solicitud se formaliza mediante comparecencia personal: la asistencia letrada no sustituye los actos personales exigidos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta y qué incluye?

La consulta y el expediente son servicios distintos. Tras revisar el caso se prepara un presupuesto con las actuaciones incluidas; tasas, traducciones y otros gastos se identifican por separado.

¿Cuándo conviene empezar?

Lo antes posible tras tu llegada a España. Si ya tienes una resolución, el plazo para recurrir puede ser mucho más corto que los dos meses habituales: envíanos la resolución el mismo día.

Contacta conmigo

Escríbeme por el formulario o por WhatsApp y coordinamos una hora para tu consulta.

Fuentes oficiales

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