Si entraste sin visado y no puedes salir a tiempo, solo una causa grave y justificada permite pedir una prórroga de la estancia antes de que termine.
Vías que conviene valorar
Sin una causa justificada, quedarte después del día 90 es una estancia irregular que queda registrada, puede sancionarse con multa y afectar a tus próximos viajes. Si tu vuelo se ha cancelado o enfermas, reúne la prueba y preséntala antes del último día. Si tienes otro motivo para quedarte, como estudios o familia, revisamos si cabe una solicitud desde España. Visado Schengen para España
El punto que no debes pasar por alto
Reúne pruebas fechadas de tu entrada y de tu presencia en España y comprueba que no tienes una prohibición de entrada ni antecedentes. Sin una autorización previa, el punto de partida es tu estancia y tu permanencia, no una resolución.
Documentos para empezar
- Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
- Pruebas fechadas de permanencia y padrón histórico disponible.
- Contratos, vínculos familiares, recursos o matrícula, según el arraigo que se estudie.
- Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo conviene empezar?
Antes de comprar billetes o de que venza tu autorización. Si has recibido una notificación, facilita también la fecha de recepción: puede determinar el plazo de respuesta.