Sí, si tu empresa está fuera de España, tiene al menos un año de actividad real y trabajas para ella a distancia.
Vías que conviene valorar
Hay que acreditar tu relación con la empresa durante al menos tres meses, ingresos del 200 % del SMI y la cobertura de Seguridad Social: si ningún convenio te mantiene en el sistema de tu país, tendrás que darte de alta en España. También puedes solicitarla como profesional con clientes extranjeros. Residencia de nómada digital
El punto que no debes pasar por alto
Pide el contrato y una descripción real de las funciones, jornada y lugar de trabajo. Cualquier cambio de empleador o relación contractual debe revisarse con la autorización concreta.
Documentos para empezar
- Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
- Contratos y prueba de la actividad de la empresa o clientes extranjeros.
- Autorización de teletrabajo, justificantes de ingresos y cobertura de Seguridad Social.
- Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo conviene empezar?
Antes de comprar billetes o de que venza tu autorización. Si has recibido una notificación, facilita también la fecha de recepción: puede determinar el plazo de respuesta.
La empresa extranjera para la que trabajo se creó hace poco: ¿puedo utilizarla para solicitar nómada digital?
Revisa cuándo comenzó la actividad real de la empresa y qué documentación permite demostrarla. La antigüedad registral y la actividad efectiva son datos distintos que conviene acreditar. Una sociedad recién creada no debe presentarse como una empresa con trayectoria anterior sin pruebas.