El plazo de la regularización extraordinaria terminó el 30 de junio de 2026; ahora las vías son los arraigos y las autorizaciones por motivos familiares.
Vías que conviene valorar
Si llevas dos años en España, valora el arraigo social, sociolaboral o socioformativo. Si tu familia es española o de otro país de la UE, revisamos la vía familiar, que puede no exigir un tiempo mínimo. Arraigo social
El punto que no debes pasar por alto
Comprueba qué disposición de 2026 se aplicó al expediente y la fecha de presentación. Una convocatoria extraordinaria no debe tratarse como una vía abierta de forma permanente.
Documentos para empezar
- Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
- Pruebas fechadas de permanencia y padrón histórico disponible.
- Contratos, vínculos familiares, recursos o matrícula, según el arraigo que se estudie.
- Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo conviene empezar?
Cuando reúnas el tiempo de permanencia que exige tu modalidad: dos años en la mayoría de los arraigos, con ausencias que no superen 90 días en el social y el socioformativo; el arraigo familiar no exige tiempo mínimo. Antes de salir de España, revisa cómo afectaría el viaje al cómputo.