Si presentaste la solicitud a la UGE mientras tu estancia era legal, puedes esperar en España a la resolución, que debe llegar en 20 días hábiles.
Vías que conviene valorar
Conserva el justificante de presentación. Si pasan los 20 días hábiles sin respuesta, la solicitud se entiende concedida por silencio positivo y puedes pedir el certificado. Mientras esperas, no salgas del espacio Schengen sin comprobar cómo volver a entrar. Residencia de nómada digital
El punto que no debes pasar por alto
Localiza la resolución de tu permiso, no solo la tarjeta o el número NIE. Revisa qué actividad autoriza y desde qué fecha produce efectos.
Documentos para empezar
- Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
- Contratos y prueba de la actividad de la empresa o clientes extranjeros.
- Autorización de teletrabajo, justificantes de ingresos y cobertura de Seguridad Social.
- Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo conviene empezar?
Antes de comprar billetes o de que venza tu autorización. Si has recibido una notificación, facilita también la fecha de recepción: puede determinar el plazo de respuesta.
Necesito salir de España mientras se tramita mi primera solicitud de nómada digital y todavía no tengo TIE.
La presentación de una primera solicitud y el derecho a volver a entrar son cuestiones distintas. Antes de salir, revisa tu documentación de viaje, la estancia disponible y las condiciones de reentrada y tránsito. No presupongas que un resguardo sustituye el visado o la tarjeta que puedan exigirse para el regreso.