La vía habitual es el arraigo, que en casi todas sus modalidades exige dos años de permanencia continuada en España.
Vías que conviene valorar
Hay cinco modalidades: social (vínculos familiares o informe de integración), sociolaboral (contratos de al menos 20 horas semanales), socioformativo (formación), de segunda oportunidad (si tuviste una residencia en los dos años anteriores) y familiar (para familiares de ciudadanos de otros países de la UE, sin tiempo mínimo). En el arraigo social y en el socioformativo, las ausencias en esos dos años no pueden superar 90 días. La regularización extraordinaria de 2026 cerró su plazo el 30 de junio de 2026. Arraigo social
El punto que no debes pasar por alto
Reúne pruebas fechadas de tu entrada y de tu presencia en España y comprueba que no tienes una prohibición de entrada ni antecedentes. Sin una autorización previa, el punto de partida es tu estancia y tu permanencia, no una resolución.
Documentos para empezar
- Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
- Pruebas fechadas de permanencia y padrón histórico disponible.
- Contratos, vínculos familiares, recursos o matrícula, según el arraigo que se estudie.
- Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo conviene empezar?
Cuando reúnas el tiempo de permanencia que exige tu modalidad: dos años en la mayoría de los arraigos, con ausencias que no superen 90 días en el social y el socioformativo; el arraigo familiar no exige tiempo mínimo. Antes de salir de España, revisa cómo afectaría el viaje al cómputo.