Sí, sin casaros puedes obtener la autorización de familiar de persona española como pareja registrada o como pareja estable acreditada.
Vías que conviene valorar
La pareja estable se acredita con al menos doce meses de convivencia o con un hijo en común. Tras la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026, la pareja no tiene que haberse constituido conforme al Derecho español. La autorización dura cinco años y permite trabajar. Residencia de familiares de españoles
El punto que no debes pasar por alto
Identifica la nacionalidad y autorización de cada familiar. Documenta el vínculo y, cuando sea relevante, convivencia, custodia o dependencia económica.
Documentos para empezar
- Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
- Certificados de nacimiento, matrimonio o pareja y documentos del familiar.
- Pruebas de convivencia, dependencia, custodia o recursos, cuando sean relevantes.
- Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo conviene empezar?
Antes de que el familiar viaje o de que termine su estancia: según el régimen, la solicitud puede presentarse desde España o exige visado.