Desde Panamá, el traslado a España suele empezar con un máster, una oferta de trabajo o un proyecto en remoto. El pasaporte panameño entra sin visado, la nacionalidad se puede pedir a los 2 años sin renunciar a la panameña y la licencia de conducir se canjea. Aquí tienes cómo suele hacerse y qué documentos preparar.
Lo esencial
- Entrada: con pasaporte panameño entras en el espacio Schengen sin visado hasta 90 días en cualquier periodo de 180. No permite trabajar ni sirve, por sí sola, para quedarte a vivir.
- Nacionalidad: como nacional de un país iberoamericano puedes pedir la nacionalidad española tras 2 años de residencia legal y continuada. No hay convenio de doble nacionalidad, pero el art. 24 del Código Civil te exime de renunciar a la panameña.
- Documentos: Panamá aplica el Convenio de La Haya, así que basta la apostilla; no hace falta traducción.
- Conducir: hay convenio de canje. Como residente puedes conducir seis meses con tu licencia panameña y canjearla sin examen para coche y moto.
Cómo suele hacerse el traslado
- Estudios. Máster, grado o FP con autorización de estancia por estudios, que permite trabajar hasta 30 horas semanales. El tiempo de estudiante no cuenta para los 2 años de la nacionalidad. Estancia por estudios
- Trabajo en España. Contrato con una empresa española, perfil de profesional altamente cualificado, traslado dentro de tu empresa o tarjeta azul UE. Trabajo por cuenta ajena
- Teletrabajo. El visado de nómada digital encaja con quienes trabajan en remoto para empresas o clientes de fuera de España con al menos tres meses de relación. Puedes pedirlo en la Embajada o desde España, si estás en estancia legal. Nómada digital
- Familia. Matrimonio o pareja registrada con un español o ciudadano de la UE; si tu familiar es un extranjero residente en España, la vía es la reagrupación familiar. Familiar de ciudadano español o de la UE
- Residencia no lucrativa. Para jubilados o personas con ingresos propios suficientes que no van a trabajar en España. Exige visado consular y seguro médico privado sin copagos ni carencias. Residencia no lucrativa
Documentos y apostilla
- Récord policivo de uso internacional de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ), apostillado en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Certificados de nacimiento y matrimonio del Registro Civil (Tribunal Electoral), recientes y apostillados.
- Títulos universitarios apostillados, si piensas homologarlos o pedir un visado de profesional cualificado.
- Seguro médico sin copagos ni carencias cuando el visado lo exige (residencia no lucrativa, por ejemplo) y pasaporte con la vigencia suficiente.
Qué conviene tener en cuenta
- Los visados se tramitan en la sección consular de la Embajada de España en Panamá, con cita a través de su sistema web.
- Los certificados suelen tener que ser recientes: consigue primero la fecha de la cita y pide después el récord policivo y las apostillas.
- Aunque no necesites visado, en la frontera pueden pedirte billete de vuelta, reserva de alojamiento o carta de invitación y medios económicos.
- Ya en España: empadrónate y, si llegaste con visado de residencia, pide la TIE en el primer mes. Pide cita para el canje en la DGT antes de que pasen esos seis meses, para no quedarte sin poder conducir.
Preguntas frecuentes
¿Pierdo la nacionalidad panameña si me hago español?
No por el lado español. Aunque no hay convenio de doble nacionalidad, el art. 24 del Código Civil no exige renunciar a la nacionalidad de un país iberoamericano. La pides tras 2 años de residencia legal y continuada, con el examen CCSE del Instituto Cervantes; el DELE no se exige porque el español es oficial en Panamá.
¿Puedo entrar como turista y pedir la residencia desde España?
Para algunas autorizaciones, sí. Estando en estancia legal puedes pedir desde España el visado de nómada digital, la autorización de profesional altamente cualificado, la de estudios o la residencia como familiar de español o de ciudadano de la UE. La residencia no lucrativa y el trabajo por cuenta ajena exigen visado en Panamá.
¿Puedo canjear mi licencia de conducir panameña?
Sí. Panamá tiene convenio de canje con España: como residente puedes conducir seis meses con ella y canjearla en la DGT sin examen para coche y moto. Para camión o autobús se exigen pruebas.