Tienes un mes desde la notificación para el alta: en el arraigo sociolaboral la autorización solo produce efectos con ella.
Vías que conviene valorar
Reclama el alta al empleador por escrito hoy mismo y guarda la prueba. Si el plazo vence sin alta, la autorización puede quedar sin efecto: envíanos la resolución y la fecha de notificación para valorar cómo actuar. Un seguro médico no sustituye el alta. En otras modalidades de arraigo hay que revisar lo que dice tu resolución. Arraigo sociolaboral
El punto que no debes pasar por alto
Distingue el seguro médico de la cobertura de Seguridad Social. Si aportas un certificado extranjero, comprueba su alcance, fechas y actividad cubierta.
Documentos para empezar
- Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
- Resoluciones anteriores y justificantes de solicitudes o renovaciones.
- Vida laboral, recursos, seguro y relación de ausencias, según la vía.
- Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.
Cómo avanzamos
- Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
- Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
- Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
- Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo conviene empezar?
Cuando reúnas el tiempo de permanencia que exige tu modalidad: dos años en la mayoría de los arraigos, con ausencias que no superen 90 días en el social y el socioformativo; el arraigo familiar no exige tiempo mínimo. Antes de salir de España, revisa cómo afectaría el viaje al cómputo.