Lady-Juleisy Vera Vera

Me han concedido la nacionalidad: ¿cómo hago la jura y obtengo mis documentos españoles?

Tienes 180 días desde la notificación de la concesión para jurar o prometer ante el Registro Civil o un notario; después puedes pedir el DNI.

Vías que conviene valorar

Pide cita cuanto antes y guarda la prueba de cada intento. Tras la jura, el Registro Civil inscribe tu nacionalidad; con el certificado de nacimiento español puedes solicitar el DNI y después el pasaporte. Nacionalidad española por residencia

El punto que no debes pasar por alto

Revisa que tus datos en la resolución de concesión coinciden con tu pasaporte y tu certificado de nacimiento: un error retrasa la inscripción.

Documentos para empezar

  • Pasaporte completo y autorización actual, si existe.
  • Historial de residencia, certificados de estado civil y documentación personal.
  • Pruebas de integración o de exención y antecedentes, según la vía.
  • Cronología de entradas, salidas, solicitudes y notificaciones.

Cómo avanzamos

  • Diagnóstico: confirmar la vía y el órgano competente.
  • Preparación: reunir y revisar las pruebas específicas del caso.
  • Presentación: comprobar formularios, tasas y representación.
  • Seguimiento: controlar notificaciones y explicar la resolución y los trámites posteriores.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo conviene empezar?

En cuanto cumplas el plazo de residencia legal y continuada que te corresponda. Si ya te la han concedido, hay 180 días para la jura; si te la han denegado, un mes para la reposición o dos meses para el recurso judicial.

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Fuentes oficiales

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