La comunidad pakistaní en España se concentra sobre todo en Cataluña, y buena parte de quienes llegan lo hacen para reunirse con familiares que ya viven aquí. Otras vías habituales son el trabajo, los estudios y el arraigo tras dos años en España. Desde 2023 Pakistán aplica la apostilla, lo que ha simplificado los documentos, aunque siguen siendo la causa más frecuente de retrasos.
Lo esencial
- Visado: los ciudadanos pakistaníes necesitan visado incluso para estancias cortas. Para residir, visado nacional tras obtener la autorización correspondiente.
- Nacionalidad: 10 años de residencia legal y continuada, exámenes CCSE y DELE A2 y declaración de renuncia a la nacionalidad pakistaní al jurar. Su efecto en Pakistán depende de la ley pakistaní.
- Conducir: no hay convenio de canje. Para conducir como residente tendrás que obtener el permiso español con examen teórico y práctico.
- Documentos: Pakistán aplica la apostilla, y el Ministerio de Asuntos Exteriores (MOFA) la emite desde mayo de 2024. España no se opuso a la adhesión de Pakistán, así que la apostilla basta.
- Traducción: los documentos en inglés o urdu necesitan traducción jurada al español.
Cómo suele hacerse el traslado
- Reagrupación familiar. Si tu cónyuge, padre o madre reside legalmente en España, puede reagruparte tras su primer año de residencia, con la renovación concedida o solicitada. Es la vía más habitual. Reagrupación familiar
- Arraigo. Para quien ya lleva 2 años en España y no tiene antecedentes penales: arraigo social, sociolaboral o socioformativo (el arraigo familiar, por ejemplo para el padre o la madre de un menor español, no exige ese plazo). Arraigo
- Trabajo por cuenta ajena. Con oferta de una empresa española, que pide la autorización; tú solicitas después el visado. Trabajo por cuenta ajena
- Estudios. Grado, máster o FP con autorización de estancia por estudios, que permite trabajar hasta 30 horas semanales. Ese tiempo no cuenta para la nacionalidad. Estancia por estudios
- Familia de español o de la UE. Matrimonio o pareja registrada con un español o un ciudadano de la UE. Familiar de ciudadano español o de la UE
Documentos y apostilla
- Police Character Certificate de la policía de la provincia o del distrito donde has vivido. Desde el extranjero, algunas representaciones de Pakistán lo tramitan, pero solo para residentes de determinadas provincias. Suele exigirse que sea reciente.
- Apostilla: la emite el MOFA a través de su portal de apostillas. Algunos documentos, como los títulos académicos, pueden requerir antes la verificación del organismo competente.
- Certificados de nacimiento y matrimonio informatizados del registro (NADRA) y, para el matrimonio, el Nikah Nama. Son la prueba del vínculo en la reagrupación.
- Traducción jurada al español de todos los documentos, incluida la apostilla.
- Pasaporte con validez suficiente y con los nombres escritos igual que en el resto de documentos.
Qué conviene tener en cuenta
- La Embajada de España en Islamabad es competente para todo Pakistán; hay consulados honorarios en Karachi y Lahore. Los visados nacionales (estudios, reagrupación, trabajo y altamente cualificados) se presentan en persona en los centros externos de solicitud de Islamabad, Lahore y Karachi.
- La diferencia en la transcripción de nombres entre pasaporte, NADRA y Nikah Nama es un error frecuente: revisa que coincidan antes de presentar.
- En la reagrupación, solicita el visado dentro del plazo que indica la resolución favorable; si se pasa, hay que empezar de nuevo.
- Ya en España: empadrónate y pide la TIE en el primer mes.
Preguntas frecuentes
¿Siguen haciendo falta las legalizaciones de antes?
No para España: basta la apostilla del MOFA, que se emite desde mayo de 2024. Lo que sí sigue siendo obligatorio es la traducción jurada al español de los documentos y de la apostilla.
¿Cómo puedo reagrupar a mi esposa y a mis hijos?
Tras un año de residencia legal en España y con la renovación concedida o solicitada, acreditando vivienda adecuada y medios económicos suficientes. La ley española no permite reagrupar a más de un cónyuge, aunque el matrimonio sea válido en el país de origen.
¿Puedo canjear mi permiso de conducir pakistaní?
No: España no tiene convenio de canje con Pakistán. Para conducir como residente tendrás que obtener el permiso español aprobando el examen teórico y el práctico.
Fuentes oficiales
- Embajada de España en Islamabad: competente para todo Pakistán; consulados honorarios en Karachi y Lahore
- Centro de solicitud de visados de la Embajada en Islamabad, Lahore y Karachi: visados nacionales
- Embajada de Pakistán: el Ministerio de Asuntos Exteriores emite apostillas desde mayo de 2024
- Consulado de Pakistán en Milán: Police Character Certificate desde el extranjero
- Depositario del Convenio de la Apostilla: Estados parte y objeciones
- Código Civil, arts. 22 y 24